Micelio
Auto20 de febrero de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Marolit Liceth Mejia Builes

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso y se pretende reabrir debate jurídico
  • Improcedencia por falta de carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia T-332/18.

Los argumentos del recurso fueron que la Sala Segunda de Revisión modificó o cambió el criterio fijado por la Sala Plena de la Corporación respecto del requisito de inmediatez; profirió una decisión incongruente entre su parte motiva y resolutiva, desconoció la cosa juzgada constitucional referente a la doctrina de los terceros con interés en el resultado de las acciones de tutela; omitió arbitrariamente analizar aspectos de relevancia constitucional y dejó de notificar a terceros con un interés legítimo en el resultado del proceso y de su revisión.

Se RECHAZA la nulidad formulada por no cumplir con el presupuesto formal de carga argumentativa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR por insuficiencia de carga argumentativa, la solicitud de nulidad presentada por Marolit Liceth Mejia Builes contra la Sentencia T-332 de 2018.
  2. SEGUNDO. ORDENAR que se comunique la presente providencia a los interesados, con la advertencia de que contra esta decision no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.