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A. 074/04
Salvamento de votoAuto A. 074/0425 de mayo de 2004

Salvamento de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Salvamento de voto al Auto 074 04Referencia: expediente ICC-808Peticionario: Rafael Antonio Torres NaranjoTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Folio 48 del expediente. Ibídem. Cfr. Corte Constitucional Autos 044 de 1998, 071, 072 de 1999, 087, 108, 115, 122, 142, 159, 175, 185, 188, 197, 216 de 2001, 031, 040, 043, 037A, 60, 66, 67,69, 072, 073, 075, 081, 082 y 084 de 2002. Cfr. Corte Constitucional. Auto 087 de 2001 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. M.P. Eduardo Montealegre Lynett. En el mismo sentido, pueden estudiarse los Autos 123 M.P. Clara Inés Vargas Hernández, 142 M.P. Alvaro Tafur Galvis, 155 M.P. Alvaro Tafur Galvis, 159A M.P. Eduardo Montealegre Lynett, 160A M.P. Clara Inés Vargas Hernández, 169A M.P. Alfredo Beltrán Sierra, 170 M.P. Eduardo Montealegre Lynett, 195 M.P. Clara Inés Vargas Hernández, 202 M.P. Alfredo Beltrán Sierra, 216 M.P. Alfredo Beltrán Sierra, 223 de 2003 M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra y 234 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Autos 01 M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra, 03 M.P. Rodrigo Escobar Gil, 05 M.P. Clara Inés Vargas Hernández, 09A M.P. Manuel José Cepeda Espinosa, 22A M.P. Rodrigo Escobar Gil, 23 M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra y 35 de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa, entre otros. M.P. Eduardo Montealegre Lynett Expedientes acumulados 6414, 6447, 6452, 6453, 6522, 6523, 6693, 6717 y 7057. Consejero Ponente Camilo Arciniegas Andrade. Cfr. Certificado de existencia y representación legal de ACUAVALLE S.A. E.S.P., folio 34 del expediente. Cfr. Artículo 43 de la Ley 270 de 1996. Corte Constitucional. Autos 09A y 035 de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa.