Micelio
Auto27 de febrero de 2001

A- de 2001

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Pico Garcia Lus Alejandro·Demandado Juzgado 53 Penal Del Circuito De Bogota

Tema · dato duro
Solicitud Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda
  • No controvierte razones de inadmisión
Acción De Tutela
  • Imposibilidad de los jueces colegiados para conocer en única instancia
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Fase de admisión
  • Fase de rechazo
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • No corrección de imprecisiones propias de la admisión
  • Finalidad
6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia dentro de los expedientes relacionados, toda vez que se aplicó el Decreto 1382 de 2000 y como lo ha reiterado la Corte Constitucional en la jurisprudencia sobre la imposibilidad de los jueces colegiados para conocer en única instancia las acciones de tutela.

En consecuencia, dejar en libertad a los peticionarios para que, si a bien lo tienen, presenten nuevamente acción de tutela ante cualquier autoridad judicial que tenga superior jerárquico.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Declarar la nulidad de los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia dentro de los expedientes T-384036, T-400514, T-400515, T-400516, T-400517, T-400519, T-400520 y T-400521, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, y, en consecuencia, dejar en libertad a los peticionarios para que, si a bien lo tienen, presenten nuevamente acción de tutela ante cualquier autoridad judicial que tenga superior jerárquico.
  2. Segundo. Declarar la nulidad de los fallos proferidos por la Corte Suprema de Justicia dentro de los expedientes T-400518, T-400523, T-400524, T-400526 y T-400530, y por el Consejo de Estado dentro del expediente T-402043, por las razones expuestas en la parte considerativa de este proveído y devolver los mencionados expedientes a los tribunales Contencioso Administrativo del Chocó (T-400518), Superior de Antioquia (T-400523), y a los juzgados 40 Penal Municipal de Medellín (T-400524), 34 Penal del Circuito de Bogotá (T-400526), Penal del Circuito de Barranquilla -reparto- (T-400530) y Unico Laboral del Circuito de Ocaña (T-402043), con el fin de que se tramiten las acciones de tutela incoadas.
  3. Tercero. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.