A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Fiduprevisora Sa·Demandado Quiroga Quiroga Jimmy Andres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Catorce Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Suscita la controversia, demanda ejecutiva conexa dentro del medio de control y restablecimiento del derecho instaurada por la Fiduprevisora S.A., en contra de un ciudadano, con el fin de obtener el pago de la obligación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, reitera lo dispuesto en el Auto 008 de 2022 en el que se estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción.
Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 306 del CGP, el cual prevé la posibilidad de solicitar el cumplimiento de una sentencia condenatoria dentro del mismo proceso en que fue proferida sin tener que recurrir a formular una nueva demanda.
Por consiguiente, resuelve remitir el expediente al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Catorce Civil Municipal de la misma ciudad y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Catorce Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde a este último conocer la demanda ejecutiva conexa presentada por la Fiduprevisora S.A., de acuerdo con las consideraciones de este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4502 al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Catorce Civil Municipal de la misma ciudad y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.