A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante William Mendoza Morales·Demandado Superintendencia Financiera De Colombia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico y el Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad de Barranquilla.
Luego de analizar la controversia planteada por los despachos judiciales involucrados en ella, considera la Sala que no le era dable al mencionado juzgado declararse incompetente para resolver la solicitud de amparo, toda vez que la Corte ha reiterado que ninguna discusión por la aplicación o interpretación del Decreto 1382 de 2000 genera un conflicto de competencia, ni siquiera aparente.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Séptimo de Familia de Oralidad de Barranquilla, para que de manera inmediata lo tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 14 de septiembre de 2016, proferido por el Juzgado 7o de Familia de Oralidad de Barranquilla, dentro del expediente ICC-2759.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado 7o de Familia de Oralidad de Barranquilla el expediente ICC-2759, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela presentada por William Mendoza Morales contra la Superintendencia Financiera de Colombia y el Banco Caja Social.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlantico.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.