Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Ramirez Salazar Luis Delio·Demandado Municipio De Anserma Caldas

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Acción De Nulidad De Acto Administrativo Y Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Civil del Circuito de Anserma, Caldas, y el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Manizales.

La causa de la controversia se origina en demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano en contra de la Alcaldía Municipal de Anserma – Caldas, a través de la cual pretende que se declare la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido y en consecuencia, se ordene el pago de las acreencias laborales surgidas de tal vínculo, por el cual le son aplicables las primas de servicio y navidad establecidas en la convención celebrada por el sindicato SINTRAEMSDES.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena toma en consideración lo dispuesto en Auto 1453 de 2022, sobre la regla general de vinculación de personal para los municipios para decidir que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer las demandas en las que: (i) se solicita declarar la existencia de una relación laboral con una entidad pública que tiene como regla general de vinculación de personal la de empleado público y (ii) cuando con un análisis prima facie de las funciones del demandante no es posible evidenciar la naturaleza de su vínculo.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Manizales, para lo de su competencia, y comunique esta decisión al Juzgado Civil del Circuito de Anserma y a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  2. Quinto. Administrativo del Circuito de Manizales conocer del proceso promovido por Luis Delio Ramírez Salazar en contra de la Alcaldía Municipal de Anserma - Caldas.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-4484 al Juzgado
  4. Quinto. Administrativo del Circuito de Manizales, para lo de su competencia, y comunique esta decisión al Juzgado Civil del Circuito de Anserma y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.