Micelio
Auto15 de febrero de 2017

A- de 2017

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Maximo Martinez Y Otros·Demandado Alcaldia Municipal De Turbo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En diecinueve acciones de tutela presentadas de manera independiente, los actores consideraron que la Alcaldía Municipal de Turbo (Antioquia) y el Ministerio del Interior vulneraron sus derechos fundamentales, al no haber sido reconocidos como Consejo Mayor de Comunidades Negras de Nueva Colonia –Comanuco-, ni haber efectuado la inscripción de dicha población.

Teniendo en cuenta que este caso presenta idénticas características a las analizados por la Corporación a través de la providencia A059/17, se reiteran las mismas argumentaciones y se adoptan iguales disposiciones en cuanto a la autoridad a quien se le remiten los expedientes para que sean tramitados y al exhorto hecho a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. ACUMULAR los conflictos de competencia correspondientes a los expedientes 2575, 2566, 2584, 2593, 2602, 2611, 2620, 2629, 2638, 2656, 2647, 2665, 2674, 2683, 2701, 2710, 2728, 2737, 2746 en razon a que comparten el mismo objeto, causa y sujeto pasivo.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS los autos del 20 y 21 de septiembre de 2016 proferidos por al (i) el Juzgado Civil del Circuito de Turbo, dentro del expediente 2593, (ii) el Juzgado Promiscuo de Familia de Turbo, ICC 2710, 2701, 2674, 2647, 2638, 2584 (iii) el Juzgado Laboral del Circuito de Turbo, ICC 2566, 2575, 2683, 2737. (iv) el Juzgado 1o Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Turbo ICC 2602, 2611, 2620, 2665, 2728, (v) Juzgado 2o Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Turbo ICC 2629, 2656, 2746.
  3. De igual manera, los autos emitidos por el Tribunal Superior de Antioquia, Salas Civil Familia, Penal y Laboral en los de la referencia.
  4. Finalmente, los autos emitidos por los Juzgados (i)
  5. Primero. Promiscuo Municipal de Turbo, en los ICC 2620, 2629, 2638, 2656, 2647, 2701, 2710; (ii)
  6. Segundo. Municipal de Turbo, en los ICC 2584, 2593, 2602, 2611, 2665, 2674 ; y (iii)
  7. Tercero. Municipal de Turbo en los ICC 2728, 2737 y 2746.
  8. Todos estos, mediante los cuales dichas autoridades se declararon sin competencia para conocer de las acciones de tutela interpuestas por los senores Maximo Martinez, Fredy Suarez, Luz Mary Grajales, Greivin Andres Bohorquez Reyes, Omar de Jesus Hernandez Maraluz, Beatriz Castillo Arias, Everlines Guerrero Moreno, Miladis Argel Perez , Yasney Tovar, Mary Mosquera, Ismael Mayoral, Rosa Areiza, Leidy Romana Moreno, Miguel Aldana, Jorge Palacios, Ludovina Ayala, Doria Estebia, Maria Vicenta Genez Garces, Aristides Frank Varilla Pacheco.
  9. Tercero. REMITIR los expedientes ICC 2575, 2566, 2584, 2593, 2602, 2611, 2620, 2629, 2638, 2656, 2647, 2665, 2674, 2683, 2701, 2710, 2728, 2737, 2746 a la Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, despacho del Dr. Rafael Dario Restrepo Quijano, para que de tramite a la accion referida.
  10. Cuarto. EXHORTAR a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que adopte un sistema de informacion que permita a los despachos de judiciales del pais identificar, en el caso de presentacion de multiples acciones de tutela que persigan la proteccion de los mismos derechos fundamentales, presuntamente amenazados o vulnerados por una sola y misma accion u omision de una autoridad publica o de un particular, al primer juez o tribunal que hubiese avocado conocimiento del asunto respectivo.
  11. Quinto. Por secretaria General, COMUNICAR a todas las autoridades que se consideraron incompetentes en todos los asuntos analizados en el presente auto y a las partes lo resuelto por esta Corporacion.
  12. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.