Micelio
Auto17 de febrero de 2016

A- de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Isis Ariza Pajaro·Demandado Ministerio De Vivienda Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Presunto conflicto de competencia entre la Sala Penal del Tribunal Superior de Montería y el Juzgado Sexto Administrativo Oral de esa misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

Se reitera la posición de la Corporación mediante la cual ha sido enfática en establecer que las únicas normas que determinan la competencia en materia de tutela son el Artículo 86 de la Constitución y el Artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, los cuales prevén: (i) el factor territorial de competencia, en virtud del cual, únicamente puede conocer de una acción de tutela en concreto, un juez con jurisdicción en el lugar en el que se configuró la presunta vulneración ius-fundamental, o uno del lugar en el que se surten los efectos de dicha vulneración; y (ii) el factor subjetivo de competencia, que se encuentra relacionado con las acciones de tutela que se dirijan en contra de los medios de comunicación, las cuales deberán ser conocidas por los jueces del nivel de Circuito.

Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Montería, para que de manera inmediata asuma el conocimiento de la tutela formulada.

Se advierte a esta autoridad que debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS las providencias proferidas el 10 y 19 de noviembre de 2015 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, dentro del proceso de tutela interpuesto por la ciudadana Isis Ariza Pajaro, en su condición apoderada del señor Jesús Alberto Builes Posada, contra del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y Fonvivienda.
  2. Segundo. REMITIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería el expediente de la referencia (ICC-2331), para que, de manera inmediata, asuma el conocimiento de la tutela formulada, en los términos indicados en la parte motiva de esta providencia.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería para que, en adelante, observe estrictamente la jurisprudencia de esta Corporación en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
  5. Sexto. Administrativo Oral de Montería y a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia la decisión adoptada en esta providencia.
  6. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.