Micelio
Auto25 de octubre de 1996

A- de 1996

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Mendoza De Herrera Nimia Mercedes·Demandado Cajanal

Tema · dato duro
Nulidad Por Sentencia Inhibitoria En Tutela.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se decretó la nulidad de lo actuado en los procesos de tutela radicados según la referencia, la Corte explicó el derecho de petición, incluye no sólo el derecho a presentar peticiones respetuosas, sino también a que se dé una respuesta clara, concisa y precisa, del asunto sometido a su consideración.

En consecuencia, se devolvieron los expedientes al Juzgado competente para que se pronuncie sobre la cuestión de fondo planteada en las respectivas demandas, luego de determinar si hubo o no violación de los derechos invocados.

Los fallos proferidos y los de segunda instancia, si hay lugar a ella, se enviarán a esta Corte, para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECRETAR la nulidad de lo actuado en los procesos de tutela radicados bajo los números T-105.346 y T-105.345, a partir de los autos de 10 y 12 de julio de 1996, respectivamente. En consecuencia, se ordena devolver los expedientes al Juzgado
  2. Sexto. Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogotá, para que se pronuncie sobre la cuestión de fondo planteada en las respectivas demandas, luego de determinar si hubo o no violación de los derechos invocados. Los fallos proferidos y los de segunda instancia, si hay lugar a ella, se enviarán a esta Corte, para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.