A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Lopez Ordoñez Marlin Margarita
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cali.
La controversia se presentó por la interposición del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Colpensiones, con el fin de que se declare la nulidad de unas Resoluciones en las que se reconoció la sustitución de una pensión de vejez a un particular.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, señalando que, conforme a los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos, de contenido particular y concreto, en donde el titular del derecho no haya dado su consentimiento para revocarlo.
Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, a donde ordenó remitir el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones respecto del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Cali. En consecuencia, DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra acto propio, presentado por COLPENSIONES en contra de la señora Marlín Margarita López Ordoñez.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2277 al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Cali y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.