Micelio
Auto6 de febrero de 2019

A- de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Jorge Elberto Neira Parra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
  • Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
  • Rechazar por extemporánea
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia T-272/18.

El peticionario adujo que la Corte incurrió en una omisión en la decisión, dado que no se pronunció sobre un aspecto realmente relevante como es la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y al debido proceso, respecto de la interpretación que se ha hecho de lo dispuesto en los artículos 282 y 328 del Código General del Proceso.

En su sentir, la Sala se limitó a avalar las interpretaciones tanto del juez ordinario como de los jueces de tutela, sin decidir de fondo el asunto, ya que no se pronunció respecto de la supuesta vulneración al derecho fundamental a la igualdad procesal en la que incurrieron los jueces que conocieron del asunto en las distintas instancias procesales.

La Sala Plena RECHAZA por extemporánea la solicitud de nulidad formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de nulidad presentada por Jorge Elberto Neira Parra, contra la sentencia T-272 de 2018, proferida por la Sala Octava de Revision de la Corte Constitucional el 13 de julio de 2018.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.