Micelio
Auto9 de septiembre de 1999

A- de 1999

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luis Octavio Morales Vivas

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Jueces de una misma jurisdicción y de distintos distritos judiciales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de resolver el conflicto de competencia suscitado entre los dos Juzgados de Familia, en la acción de tutela promovida por los accionantes de la referencia contra la Cooperativa Financiera "Construyecoop" en liquidación.

La Corte concluyó que la decisión sobre el mismo corresponde a la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia por ser el superior jerárquico común, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 28 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, se remitió el expediente a la mencionada Sala para que adopte la decisión que corresponda en este conflicto de competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Abstenerse de resolver el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados
  2. Cuarto. de Familia de Ibague y
  3. Primero. de Familia de Santafe de Bogota, en la accion de tutela promovida por la Defensoria del Pueblo a solicitud de Luis Octavio Morales Vivas y Rebeca Montenegro de Morales, contra la Cooperativa Financiera "Construyecoop" en liquidacion.
  4. Segundo. Enviar el expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil y Agraria, para que por ella se adopte en este conflicto de competencia entre los juzgados mencionados, la decision que corresponda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.