Micelio
Auto21 de marzo de 2013

A- de 2013

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Jose Nicolas Duque Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de Súplica contra el auto del trece de febrero de 2013, proferido dentro del proceso de la referencia por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, mediante el cual se rechazó la acción pública interpuesta, sobre la base de que la norma acusada se encontraba amparada por la cosa juzgada constitucional a la cual hizo tránsito la sentencia C-490/11.

Para la Sala Plena, los demandantes no mostraron que el vicio endilgado contra el artículo 2º (parcial) de la Ley 1475 de 2011 hubiese surgido con posterioridad a la sentencia C-490/11que efectuó un control integral y definitivo sobre el Proyecto que acabó por convertirse en dicha Ley Estatutaria, como tampoco invocaron como parámetros de control constitucional, normas superiores que hubieran sido reformadas entre la fecha en que se expidió la precitada providencia y la interposición de la demanda.

Se decide CONFIRMAR el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el auto del trece (13) de febrero de dos mil trece (2013), proferido por el magistrado sustanciador Luis Ernesto Vargas Silva, dentro del proceso D-9528, por las consideraciones expuestas en la presente providencia.
  2. Segundo. Comunicar el contenido de esta decision a los recurrentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.