A- de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Diana Marcela Caicedo Y Otras
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- No asumir el conocimiento de las solicitudes de apertura de incidente de desacato
- Aspectos sustanciales y procesales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de apertura de incidente de desacato por el presunto incumplimiento de los Autos 092/08, 251/08, 099/13, 173/14 y 149/20.
Los fundamentos de la petición fueron, de una parte, la agudización de la situación humanitaria de diferentes familias como consecuencia de la emergencia sanitaria por COVID-19 y, de otra parte, las falencias en la respuesta institucional.
Respecto al desacato encontró la Corte que las peticionarias no acreditaron su legitimación para interponer este tipo de incidentes, ni especificaron siquiera sumariamente, las órdenes presuntamente incumplidas y las autoridades responsables de su acatamiento.
En relación con el segundo argumento la Sala Especial advirtió que sólo se encuentra facultada para verificar el cumplimiento de la Sentencia T-025/04 y de sus autos de seguimiento, pero que no le es dable analizar situaciones particulares como las referidas en el presente caso porque, a pesar de que los peticionarios se encuentran en situación de desplazamiento, los mismos cuentan con otros mecanismos jurídicos para promover la defensa de sus derechos, como por ejemplo, la acción de tutela.
Se Rechazan las pretensiones presentadas y se solicita al Defensor Delegado para los Derechos de la Población en Movilidad Humana, orientar a las actoras en torno de los mecanismos dispuestos para la promoción y defensa de los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR, por los motivos expuestos en el presente auto, las solicitudes elevadas por Diana Marcela Caicedo, Bertha Caro y Lisbeth Clavijo.
- Segundo. SOLICITAR al Defensor Delegado para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana orientar a las actoras en torno a los mecanismos dispuestos para la promocion y defensa de los derechos de la poblacion en situacion de desplazamiento forzado.
- En tal virtud, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, REMITIR la peticion objeto de la presente decision al Defensor Delegado para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana.
- Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la presente decision a las peticionarias y al Defensor Delegado para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana a traves de correo electronico.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.