Micelio
Auto16 de febrero de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído se da respuesta a la solicitud elevada por la Ministra del Interior, en relación con los informes requeridos en el Auto 820A/18.

En consecuencia, se accede a su petición y se establece que, los 20 días hábiles a los que hace referencia la petición se contarán a partir del cuatro de febrero de 2019.

Se aclara que el informe deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en esta providencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. ACCEDER a la peticion elevada por la Ministra del Interior, objeto de la presente providencia, bajo los siguientes entendidos:
  2. (i) Los veinte (20) dias habiles a los que hace referencia la peticion, se contaran a partir del cuatro (4) de febrero de 2019;
  3. (ii) El informe debera cumplir con los requisitos minimos del fundamento juridico
  4. tercero. del presente Auto.
  5. Segundo. COMUNIQUESE lo resuelto en la presente providencia a la Ministra del Interior, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.