A- de 2015
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Haminton Urrutia Asprilla Vs Tribunal Superior De Bucaramanga, Sala Civil Familia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Remisión expediente a quien se repartió en primer lugar
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto se competencia suscitado entre las Salas de Casación Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte Constitucional reitera que en virtud del Auto 124 de 2009, una equivocación en la aplicación o interpretación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000, no autorizan al juez a declararse incompetente para tramitar una acción de tutela o, para decidir su impugnación, por lo que, en el caso que dos autoridades judiciales promuevan un conflicto de competencia por este motivo, el expediente debe ser remitido a aquella a quien se repartió en primer lugar, con el fin de que sea decidida inmediatamente, sin que medien consideraciones adicionales relativas a la normas de reparto.
Se resuelve el asunto ordenando la remisión la expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que sin más demoras profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el trece (13) de noviembre de 2014 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual propuso conflicto negativo de competencia y envió el expediente a esta Corporación, por cuanto alegaba que la presente acción de tutela le correspondía a la Sala Laboral de la misma Corporación.
- Segundo. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Haminton Urrutia Asprilla contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Bucaramanga, a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que sin más demoras profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. INFORMAR de esta decisión a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que tenga conocimiento de sobre lo aquí resuelto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.