A- de 2015
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-760/08
- Convocar a sesión técnica acerca de las gestiones que han efectuado y ejecutarán las autoridades de vigilancia, control y fiscalización del Sistema de Salud en el Dep
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se convoca a una sesión técnica para el día 19 de marzo del 2015, para revisar las gestiones que han efectuado y ejecutarán las autoridades de vigilancia, control y fiscalización del Sistema de Salud en el Departamento del Chocó, especialmente, sobre el Hospital San Francisco de Asís, como parte del muestreo para determinar el cumplimiento progresivo de algunas órdenes de la sentencia T-760/08.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- Primero. CONVOCAR a una SESION TECNICA el proximo jueves diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015), en el Palacio de Justicia de Bogota D.C. (calle 12, numero 7-65), a partir de las ocho (8:00) de la manana.
- Segundo. CITAR a dicha sesion al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la Republica, al Procurador General de la Nacion, al Fiscal General de la Nacion, al Ministro de Salud y Proteccion Social, al Superintendente Nacional de Salud, al Presidente de la Comision Septima del Senado, doctor Eduardo Enrique Pulgar Daza, al senador Antonio Jose Correa Jimenez, a los H. Representantes a la Camara Jose Bernardo Florez Asprilla y Nilton Cordoba Manyoma, al Gobernador de la senalada entidad territorial, a la Alcaldesa de Quibdo, al Personero de Quibdo y al agente interventor de la ESE Hospital San Francisco de Asis, quienes deberan exponer publicamente, de acuerdo al cuestionario contenido en el numeral 2.13 de este auto, las actuaciones que han adelantado y estiman ejecutar en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, en aras de garantizar la adecuada prestacion de los servicios de salud en el departamento del Choco, asi como en las demas zonas del pais con carencias y desigualdades socio-economicas evidentes, principalmente donde cuyos hospitales se encuentren intervenidos por mas de 18 meses. INFORMAR a los citados que intervencion en la sesion tecnica es indelegable.
- Tercero. CITAR al Decano de la Facultad de Enfermeria de la Universidad Tecnologica del Choco, a un delegado del sindicato del Hospital, asi como a un representante de la Corporacion Manos Visibles y otro del Foro Interetnico Solidaridad Choco para que, a partir del cuestionario establecido en el numeral 2.13 de este auto, den su concepto sobre los problemas del sistema de salud en Choco y propongan las soluciones que estimen conducentes para darle una solucion pronta y definitiva.
- Cuarto. INVITAR a la sesion a que se refiere el primer ordinal de este acapite resolutivo a las autoridades y entidades enlistadas en la consideracion num. 2.11. de esta providencia.
- Quinto. REMITIR copia de los siguientes documentos a las autoridades y entidades citadas e invitadas a la sesion tecnica:
- * Escrito de la Defensoria del Pueblo, allegado el 15 de septiembre de 2014.
- * Las respuestas dadas al auto 354 de 2014 por parte del Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud, allegadas el 5 y 9 de diciembre de 2014, respectivamente
- * Los escritos recibidos el 26 de enero del ano en curso, relacionados en el numeral 5 de este proveido.
- * Las ponencias presentadas por la Personeria Delegada para el Sector Salud de Quibdo, el representante de la Veeduria en Salud del Choco y por el agente interventor del Hospital San Francisco de Asis, en el Seminario de Actualizacion sobre el Derecho Fundamental a la Salud realizado el pasado 26 de enero en la ciudad de Quibdo
- * El registro filmico de la inspeccion judicial adelantada por esta Sala al Hospital San Francisco de Asis de Quibdo
- Sexto. A traves de la Secretaria General de esta Corporacion comuniquese esta decision y remitanse los documentos a que se refiere el ordinal anterior adjuntando copia del presente proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.