Micelio
Auto20 de abril de 2004

A- de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luis Alonso Velasco Parrado Y Otro

Tema · dato duro
Recurso De Suplica. Contra Auto Que Rechaza Demanda. Ley 812 De 2003. Plan Nacional De Desarrollo 2003-2006. Negada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razón por la cual la Corte es competente
Ley Del Plan Nacional De Desarrollo
  • Competente para modificar la parte general y carácter de la normatividad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Denegación en relación con la motivación de la invitación a participar en el proceso y extensión a otras instituciones
Corte Constitucional
  • Competencia
  • Incompetencia sobre decretos ejecutivos
Proceso De Constitucionalidad
  • Intervención de cualquier ciudadano
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se denegó el recurso de súplica parcial interpuesto por el ciudadano de la referencia contra el auto de 11 de marzo de 2004, para que se modifique lo dispuesto en el numeral 1º de la parte resolutiva de esa providencia en cuanto a la motivación de la invitación a participar en este proceso a la Academia Colombia de Jurisprudencia y a la Universidad de Santo Tomás, para que se extienda tal invitación al I.S.S. y a la Universidad Nacional, así como para que se revoque el numeral 2º de esa providencia en la cual se decidió rechazar la demanda presentada contra los Arts. 1, 3, 9 y 10 del Decreto 0010 de 2004 y contra el Art. 1º del Decreto 0074 de 2004.

Lo anterior, por cuanto las normas demandadas de los Decretos mencionados son susceptibles de impugnación judicial ante la jurisdicción contenciosa administrativa, y no ante la Corte Constitucional.

Contra este auto no procede recurso alguno.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. DENEGAR EL RECURSO DE SUPLICA PARCIAL interpuesto por el ciudadano Luis Alonso Velasco Parrado, contra el auto de 11 de marzo de 2004, para que se modifique lo dispuesto en el numeral 1o de la parte resolutiva de esa providencia en cuanto a la motivacion de la invitacion a participar en este proceso a la Academia Colombia de Jurisprudencia y a la Universidad de Santo Tomas, para que se extienda tal invitacion al I.S.S. y a la Universidad Nacional, asi como para que se revoque el numeral 2o de esa providencia en la cual se decidio rechazar la demanda presentada contra los articulos 1, 3, 9 y 10 del Decreto 0010 de 2004 y contra el articulo 1o del Decreto 0074 de 2004.
  2. En firme este auto, contra el cual no procede recurso alguno, archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.