Salvamento de voto al Auto 047 03 Referencia: expediente ICC - 632Peticionario: Alvaro de Jesús Suarez Zapata Tal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Ver entre otros Auto 044 de 1998 M. P. José Gregorio Hernández Galindo Sent. C-774 de 2001 M.P. Rodrigo Escobar Gil Ver entre otros, Autos 016 de 1994 M.P. Jorge Arango Mejia, 051 de 1999 M.P. Fabio Morón Díaz y 069 de 1999. Corte Constitucional Sentencia T 432 de 2002 y Sentencia SU 1219 de 2001.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado