A- de 1997
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Garcia Cortes Nestor Enrique·Demandado Secretaria De Departamental
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de vinculación a litisconsortes necesarios
- Integración y citación en proceso de tutela
- Docentes que integran lista de elegibles y titular
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo de los fallos proferidos en el asunto de la referencia, por cuanto no se citaron al proceso de tutela a los docentes que integraron la lista de elegibles para llenar la vacante de la Escuela citada, cuando ello era necesario, según las consideraciones precedentes.
En Consecuencia, se devolvió el expediente al Juzgado respectivo para poner en conocimiento de los accionantes.
Se suspendieron términos mientras se surte el trámite correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de efectuar la revision de fondo de los fallos proferidos en el asunto de la referencia, por cuanto se advierte la existencia de una causal de nulidad con respecto a lo actuado.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Cali, poner en conocimiento de los docentes Aracelly Benitez Castro, Alba Ruth Henao Naranjo y Luz Nery Plaza la nulidad advertida en la parte motiva de esta providencia. Ademas, se les hara saber que si guardan silencio, o ratifican lo actuado esta se entendera saneada y el proceso continuara su curso, en caso contrario, dicha nulidad sera declarada.
- Tercero. Por Secretaria General procedase a devolver el expediente al Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de Santiago de Cali, para el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior.
- Cuarto. Mientras se surte el tramite correspondiente, para sanear o declarar la nulidad advertida, el termino para fallar el presente proceso queda suspendido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.