Micelio
Auto7 de marzo de 2012

A- de 2012

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Sin Información·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Consulta Previa De Comunidades Indigenas En Tramite De Expedicion De Licencia Ambiental Para Construccion Del Proyecto De Puerto Brisa
  • Inspección judicial previa a celebración de audiencia pública en segu
  • Fijación de metodología de audiencia pública convocada en seguimiento
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Fijación metodología.

Con el presente auto se fija la fecha, la agenda y la metodología a desarrollar en la Audiencia programada mediante Auto 033 de 2012.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (32 puntos)
  1. Primero. DISPONER que de manera previa a la celebración de la audiencia pública citada mediante Auto 033 de febrero 17 de 2012 , se realice, por los tres magistrados que integran la Sala Cuarta de Revisión, una inspección judicial en el sitio del Proyecto Puerto Brisa, la cual tendrá lugar el día 23 de marzo de 2012, entre las 7:30 y las 9:00 a.m., y para la cual se convoca a los integrantes del Consejo de Cabildos o sus delegados, en número no superior a seis; al representante legal de Puerto Brisa S.A., quien podrá estar acompañado de personal técnico de la empresa, sin exceder de cinco personas, a un delegado de la Autoridad Nacional Ambiental; y a un delegado del Grupo de Consulta Previa del Ministerio del Interior.
  2. La Empresa Puerto Brisa S.A., dispondrá lo necesario para que la diligencia pueda cumplirse en las instalaciones del proyecto.
  3. Segundo. FIJAR como lugar para el desarrollo de la AUDIENCIA PÚBLICA de seguimiento de la Sentencia T-547 de 2010, a celebrarse el viernes 23 de marzo de 2012, en el Auditorio del Centro MAZIRUMA de la Caja de Compensación Familiar de la Guajira en el Municipio de Dibulla, y MODIFICAR la hora prevista para la misma, señalando que la audiencia se realizará entre las 9:20 a.m. y las 5:00 p.m.
  4. Tercero. FIJAR la siguiente AGENDA y METODOLOGÍA para el desarrollo de la Audiencia:
  5. Primera Parte
  6. 9:20 - 9:35 a.m.
  7. Apertura de la AUDIENCIA PÚBLICA por parte de los magistrados de la Sala Cuarta de Revisión y explicación general de la metodología de la audiencia.
  8. 9:35 - 10:15 a.m.
  9. Informe de la Autoridad Nacional Ambiental sobre el contenido de la Resolución 218 de 2011, así como sobre los escritos que, en reacción a la misma, se hicieron llegar a la Corte por las partes.
  10. 10:15 - 11:00 a.m.
  11. Informe del Grupo de Consulta Previa del Ministerio del Interior sobre la manera como se desarrolló el proceso de consulta en este caso.
  12. 11:00 - 11:25 a.m.
  13. Sesión de preguntas y respuestas a la Autoridad Nacional Ambiental y al Grupo de Consulta Previa del Ministerio del Interior.
  14. 11:25 a.m. - 1:00 p.m.
  15. Intervención del representante legal de la empresa Puerto Brisa S.A.
  16. 1:00 - 2:30 p.m.
  17. RECESO
  18. 2:30 - 3:00 p.m.
  19. Sesión de preguntas y respuestas por parte del Representante Legal de Puerto Brisa S.A.
  20. 3:00 - 4:35 p.m.
  21. Intervención del Consejo Territorial de Cabildos Indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.
  22. 4:35 - 5:00 p.m.
  23. Preguntas y respuestas por parte del Consejo Territorial de Cabildos Indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta.
  24. 5:00 p.m.
  25. Clausura de la Audiencia Pública, a cargo de los magistrados de la Sala Cuarta de Revisión
  26. Durante la AUDIENCIA sólo podrán intervenir realizando preguntas en los espacios dedicados a éstas, los magistrados de la Corte Constitucional así como el Procurador General de la Nación y el Defensor del Pueblo.
  27. Los asistentes a la audiencia podrán entregar por escrito durante el desarrollo de la misma, preguntas, observaciones o comentarios, ante la Secretaría de la audiencia para que, algunas de ellas, a criterio de la Sala, sean respondidas oralmente por las personas citadas o, por disposición de la Sala Cuarta de Revisión, sean respondidas por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la audiencia.
  28. Cuarto. En atención a las limitaciones de espacio, las personas interesadas en asistir a la audiencia pública deberán inscribirse con su número de cédula ante la Secretaría General de la Corte Constitucional a más tardar el 16 de marzo de 2012 a las 4:00 p.m. Para este efecto, las inscripciones podrán realizarse personalmente o por correo ante la Secretaría General de la Corte, o vía fax al No. 3366822 o por correo electrónico a la dirección luzeb@corteconstitucional.gov.co
  29. La Corte publicará oportunamente el listado de personas que por consideraciones de espacio serán admitidas a la audiencia.
  30. Quinto. DISPONER que la moderación de Audiencia Pública estará a cargo de la Secretaría General de la Corte Constitucional, ante la que deberán entregarse los informes tanto en físico como en medio magnético, que se hayan presentado durante la audiencia, así como también aquellos informes que se quieran presentar para conocimiento de la Sala Cuarta de Revisión.
  31. Sexto. ADVERTIR a las autoridades públicas citadas a la Audiencia Pública del viernes 23 de marzo de 2012, sobre la obligación de concurrir a la citación proferida por esta Corte y permanecer durante todo el desarrollo de la misma, so pena incurrir en responsabilidad y en desacato, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 52 del Decreto 2591 de 1991.
  32. Esta providencia se notificará a las autoridades y personas citadas e invitadas a la audiencia en el Auto 033 de febrero 17 de 2012.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.