Micelio
Auto3 de marzo de 2010

A- de 2010

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Jose Huber Medina Vs Coosalud Eps.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Coosalud Eps
  • Competencia de Juzgado Penal Municipal con funciones de conocimiento
Competencia A Prevención En Tutela
  • Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal Municipal con funciones de conocimiento de Calí, decidió no conocer del caso debido a que la accionante reside en la ciudad de Palmira y es allí donde se producen los efectos de la conducta presuntamente vulneradora, el Juzgado Primero Penal Municipal rechazó la demanda por considerar que el competente es el juzgado que avocó competencia desde el primer momento.

La Corte recuerda que el Decreto 1382 de 2000 no puede servir de fundamento para que los jueces se declaren incompetentes y se supere el término constitucional de 10 días, se ordena enviar el expediente al Juzgado Séptimo Penal Municipal de Calí.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal con funciones de conocimiento de Palmira y el Juzgado
  3. Séptimo. Penal Municipal con funciones de conocimiento de Cali, ordenando la remisión del expediente a este último.
  4. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 16 de diciembre de 2009 proferido por el Juzgado
  5. Séptimo. Penal Municipal con funciones de conocimiento de Cali.
  6. TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por José Huber Medina contra Coosalud E.P.S., al Juzgado
  7. Séptimo. Penal Municipal con funciones de conocimiento de Cali, para que sin más demoras, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  8. CUARTO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado
  9. Primero. Penal Municipal con funciones de conocimiento de Palmira, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
  10. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.