Micelio
Auto5 de marzo de 2012

A- de 2012

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Informe sobre EPS e IPS que incurren con mayor frecuencia en prácticas violatorias del derecho a la salud según sentencia T-760/08
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguimiento orden: Con el presente auto se imparten una serie de órdenes a las autoridades del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para que presenten informes y, a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación se les requiere para que adopten las medidas necesarias para que se cumpla con lo dispuesto en la orden vigésima de la sentencia T-760/08.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. Ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio de Salud y Proteccion Social que, de manera conjunta, presenten un informe en el que identifiquen las EPS e IPS que con mayor frecuencia incurren en las practicas violatorias del derecho a la salud descritas en la sentencia T-760 de 2008 y en la parte considerativa de esta providencia. Dicho informe debera contener un ranking de las EPS e IPS que con mayor frecuencia incurren en estas practicas, asi como: i) las medidas concretas y especificas que han adoptado con relacion a estas entidades; y ii) las medidas concretas y especificas que se han tomado para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud de las personas afiliadas.
  2. Asimismo, dicho ranking debera: i) tener en cuenta el numero de usuarios con los que cuenta cada EPS e IPS; y ii) ser compresible para todas las personas, incluso para aquellas que no tengan conocimientos tecnicos sobre el sistema de salud.
  3. El informe debera ser presentado a la Defensoria del Pueblo, a la Procuraduria General de la Nacion y a la Corte Constitucional antes del 30 de abril de 2012.
  4. SEGUNDO. Ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio de Salud y Proteccion Social que, de manera conjunta, sigan elaborando un ranking anualmente, con remision de copia a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion. Dicho ranking debera ser allegado a estas entidades antes del 30 de abril de cada ano.
  5. TERCERO. Requerir a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion para que, de conformidad con lo establecido en los articulos 278 y 282 de la Constitucion Politica de Colombia, adopten las medidas necesarias para que se cumpla con lo dispuesto en la orden vigesima de que aqui se trata.
  6. CUARTO. Ordenar a la Secretaria General de esta Corporacion que libre las respectivas comunicaciones a la Superintendencia Nacional de Salud y al Ministerio de Salud y Proteccion Social, asi como a la Defensoria del Pueblo y a la Procuraduria General de la Nacion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.