A- de 2010
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Carlos Alberto Maya Restrepo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter técnico procesal
- Rechaza por existencia de cosa juzgada constitucional e incompetencia de la Corte Constitucional
- Mecanismo de participación en la conformación, ejercicio y control del poder público
- Control constitucional de la Corte Constitucional
- Fallos que dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tránsito a cosa juzgada constitucional
- Carácter inmutable, intangible, definitivo, indiscutible y obligatorio de los fallos
- Rechazar por existir cosa juzgada absoluta en sentencia C-072/94
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica contra el auto del 1 de febrero de 2010, que rechazó la demanda de la referencia.
Se decide confirmar el auto recurrido debido a que el actor no precisa objetivamente la oposición de estos conceptos con las normas constitucionales presuntamente vulneradas y lanza afirmaciones de carácter subjetivo que no dan lugar a una verdadera controversia constitucional.
Denegado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DENEGAR el recurso de suplica interpuesto por el ciudadano Carlos Alberto Maya Restrepo, contra el auto de febrero 1deg de 2010, mediante el cual fue rechazada la demanda por el presentada para que se declarara la inconstitucionalidad de los articulos 151 del Decreto Ley 2158 de 1948 (Codigo de Procedimiento Laboral) y 505 del Decreto 2663 de 1950 (Codigo Sustantivo del Trabajo), hoy articulo 488 .
- En firme este auto, contra el cual no procede recurso alguno, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.