A- de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hector Rodriguez Pizarro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se rechazó de plano el recurso de súplica interpuesto por el representante legal de Inversiones Energéticas S.A., -Inergesa S.A-., contra el auto de 24 de marzo del 2000, toda vez que encontró la Corte que la acción de tutela radicada bajo el número T-267061 fue excluida de su revisión por la Corporación, como expresamente aceptó conocerlo el ciudadano de la referencia en memoriales de 13 y 22 de marzo del año en curso, lo que significa que la Corte no tiene actualmente competencia para hacer ningún pronunciamiento con respecto a la acción de tutela aludida, razón por la cual se impone el rechazo de plano en relación con el recurso de súplica al que se refiere el peticionario.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (19 puntos)
- Primero. RECHAZAR DE PLANO el recurso de suplica interpuesto por el ciudadano Hector H. Rodriguez Pizarro, representante legal de Inversiones Energeticas S.A., -Inergesa S.A-., contra el auto de 24 de marzo del presente ano, proferido por el magistrado Antonio Barrera Carbonell, a que se refiere la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Para los fines pertinentes, remitase a Secretaria junto con esta providencia el memorial a que ella se refiere.
- ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO
- Presidente
- ALFREDO BELTRAN SIERRA
- Magistrado
- EDUARDO CIFUENTES MUNOZ
- Magistrado
- CARLOS GAVIRIA DIAZ
- Magistrado
- JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO
- Magistrado
- FABIO MORON DIAZ
- Magistrado
- VLADIMIRO NARANJO MESA
- Magistrado
- ALVARO TAFUR GALVIS
- Magistrado
- MARTHA SACHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.