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A. 038/05
Salvamento de votoAuto A. 038/0522 de febrero de 2005

Salvamento de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Veinte Penal Municipal De Bogota Y La Subseccion "a" De La Seccion Cuarta Del Tribunal Administrativo De Cundinamarca. Ordena Al Juzgado Veinte Penal Municipal De Bogota Inicie El Tramite De La Accion De Tutela

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

Salvamento de voto al Auto 038 05Referencia: expediente ICC-879Peticionario: LUIS ORLANDO BERNAL BARBOSA Tal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Cfr. Folio 5 del expediente. Cfr. Corte Constitucional Autos 044 de 1998, 071, 072 de 1999, 087, 108, 115, 122, 142, 159, 175, 185, 188, 197, 216 de 2001, 031, 040, 043, 037A, 60, 66, 67,69, 072, 073, 075, 081, 082 y 084 de 2002. Cfr. Corte Constitucional. Auto 087 de 2001 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Cfr. Artículos 121 e inciso segundo del artículo 123 de la Constitución Política. Cfr. Artículo 43 de la Ley 270 de 1996. Cfr. Artículo 9 de la Ley 393 de 1997. Cfr. Artículo 5 de la Ley 472 de 1998. Cfr. Corte Constitucional. Autos 170A de 2003 M.P. Eduardo Montealegre Lynett, 01 de 2004 M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra, 03 de 2004 M.P. M.P. Rodrigo Escobar Gil, 4A de 2004 M.P. Alvaro Tafur Galvis, Auto 061 de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa y Auto 167 de 2004 M.P. Humberto Sierra Porto.