A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Martínez Rojas Valentina·Demandado Banco Bancolombia S.A
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá (Valle del Cauca) y el Juzgado Treinta y Cinco Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santiago de Cali.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Se destaca que el primer despacho admitió la acción de tutela y posteriormente declaró la nulidad de todo lo actuado por falta de competencia territorial y remitió el expediente a la Oficina de Apoyo Judicial de Santiago de Cali, para que la tutela fuera repartida entre los jueces con categoría municipal de esa ciudad.
Por su parte, el otro juzgado involucrado declaró que no tenía competencia puesto que, a su juicio, la accionante se encuentra domiciliada y presentó la acción constitucional en el municipio de Tuluá.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
A la otra autoridad jurídica se le advierte que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 5 de octubre de 2021 proferido por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Valentina Rojas Martínez contra Bancolombia S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4098 al Juzgado
- Tercero. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Tuluá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Treinta y Cinco Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santiago de Cali que siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Treinta y Cinco Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santiago de Cali.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.