Micelio
Auto29 de enero de 2025

A- de 2025

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Personeria Municipal De Armenia·Demandado Nueva Eps Y Otro

Tema · dato duro
Controversia Relacionada Con El Reembolso De Incapacidades Pagadas Por Una Entidad Pública A Uno De Sus Servidores Cuando No Existe Certeza Sobre La Naturaleza Jurídica De La Entidad Responsable Del Reembolso.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Armenia y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, suscitado por una demanda ordinaria laboral instaurada por la Personería Municipal de Armenia, contra las entidades Nueva EPS S.A. y Positiva Compañía de Seguros S.A., con el fin de obtener el reconocimiento y pago de las incapacidades causadas por uno de sus empleados en múltiples periodos, en cumplimiento de varios fallos de tutela.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la controversia se centra en el reconocimiento y pago de prestaciones económicas derivadas del Sistema General de Seguridad Social Integral y se presenta entre entidades administradoras o prestadoras, en los términos del artículo 2.4 del CPTSS, y las demandadas son de distinta naturaleza: Nueva EPS S.A. es una entidad privada y Positiva Compañía de Seguros S.A. es una entidad pública.

La Sala considera pertinente reiterar la regla de decisión de los Autos 1460/22, 337/23 y 1956/24, en la que se establece que le corresponde a la especialidad laboral de la jurisdicción ordinaria el conocimiento de controversias relacionadas con el reembolso de incapacidades pagadas por una entidad pública a uno de sus servidores cuando no existe certeza sobre la naturaleza jurídica de la entidad responsable del reembolso y, por tanto, no es posible aplicar el numeral 4 del artículo 104 del CPACA.

Se remite el expediente al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Armenia para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Armenia y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Armenia, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Armenia conocer de la demanda presentada por la Personería Municipal de Armenia contra la Nueva EPS S.A. y Positiva Compañía de Seguros S.A.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6072 al Juzgado 002 Laboral del Circuito de Armenia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Armenia y a los sujetos procesales e interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.