Micelio
Auto29 de enero de 2009

A- de 2009

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Martin Humberto Mier Rosero Vs. Fiscalia General De La Nacion

Tema · dato duro
Solicitud De Apertura De Incidente De Desacato De La Sentencia T-157 De 2008, Expediente 1714005.. Debido A Que La Corte Carece De Competencia Para Conocer De La Solicitud Elevada Por El Actor, Se Resolvio Su Rechazo Por Improcedente. Rechazada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Desacato
  • Conocimiento de Tribunal Superior en sentencia T-157/08
Juez De Primera Instancia
  • Conocimiento de incidentes de desacato por incumplimiento de órdenes impartidas y adopción de medidas para garantizar su cumplimiento
Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-157 de 2008, promovida por el señor Martín Humberto Mier Rosero.
  2. Segundo. INFORMAR al señor Martín Humberto Mier Rosero que el juez competente para conocer del incidente de desacato de la Sentencia T-157 de 2008 es Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala Laboral.
  3. Tercero. ORDENAR la remisión del escrito de solicitud de apertura de incidente de desacato de la sentencia T-157 de 2008 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala Laboral, para que actúe conforme con sus competencias en la materia.
  4. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.