Micelio
Auto26 de enero de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Clinica Santa Sofia Del Pacifico Ltda·Demandado Ministerio De Defensa Nacional Ejercito Nacional Direccion De Sanidad Militar

Tema · dato duro
Controversia Relativa A Recobros Por La Prestación De Servicios De Salud Del Subsistema De Salud De Las Fuerzas Militares.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Superintendencia Nacional de Salud, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de Bogotá.

La controversia se dio con ocasión de una acción jurisdiccional ante la Superintendencia Nacional de Salud, en contra del Ministerio de Defensa Nacional, Ejército Nacional y Dirección de Sanidad del Ejército, con el fin de que se condene a las demandadas al pago de unas sumas de dinero sobre unas facturas de venta y los intereses moratorios de estas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, de conformidad con el inciso primero del artículo 104 del CPACA, el artículo 116 de la Constitución Política, el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007 y el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, la jurisdicción contencioso-administrativa es la competente para conocer de controversias que versen sobre las devoluciones o glosas a las facturas de gastos médicos presentadas ante las entidades del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud, el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  3. Primero. Administrativo del Circuito de Bogotá conocer sobre la demanda presentada por la Clínica Santa Sofía del Pacífico Ltda. contra la Nación - Ministerio de Defensa Nacional - Ejército Nacional - Dirección de Sanidad del Ejército.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1987 al Juzgado
  5. Primero. Administrativo del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Superintendencia Nacional de Salud, al Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de Bogotá y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.