Micelio
Auto28 de enero de 2026

A-032/26 de 2026

Ponente Natalia Ángel Cabo

Tema · dato duro
Demanda Ordinaria Laboral Contra Empresa De Servicio Público, En La Que Se Pretende El Reconocimiento De Una Presunta Relación Laboral Encubierta Mediante Contratos De Prestación De Servicios Sucesivos.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia (Caquetá) y el Juzgado 004 Administrativo de la misma ciudad, suscitado por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, contra la Empresa de Servicios de Florencia S.A.

E.S.P. – SERVAF S.A.

E.S.P., con el fin de que se declare la existencia de un contrato realidad con dicha empresa, que la terminación del vínculo laboral se produjo sin justa causa y que, en consecuencia, la empresa es responsable del pago de cualquier derecho laboral, prestacional, asistencial e indemnizatorio, entre otras pretensiones.

Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que la demandada es una empresa de servicios públicos domiciliarios privada de acueducto, alcantarillado, aseo y energía eléctrica.

De acuerdo con las pruebas aportadas, en principio se concluye que, el demandante tenía el carácter de trabajador particular durante el período para el que solicita se reconozca la existencia de un contrato realidad.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto y la regla de decisión fijada en el Auto 811/21, Según lo dispuesto en el al artículo 41 de la Ley 142/94 y el artículo 2 de la Ley 712/01, la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer de los asuntos que promueven los trabajadores de una empresa de servicio público mixta o privada y que se originen directa o indirectamente de un contrato de trabajo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.