A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Buritica Arias Francy Helena·Demandado Ugpp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre contribuciones parafiscales de la protección social
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado 037 Laboral del Circuito de Bogotá, D.C., causado por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por una ciudadana, en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), con la cual solicita que se declare la nulidad de la Resolución por medio de la cual la UGPP profirió Liquidación Oficial que modifica los aportes por pagar a los Subsistemas de Salud y Pensión sanción a la demandante, por inexactitud correspondiente al año fiscal 2015.
Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demanda versa sobre sobre actos administrativos expedidos por la UGPP en cumplimiento de las funciones relativas a la liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social, de conformidad con las facultades previstas en los artículos 178 y 179 de la Ley 1607 de 2012, por lo tanto, considera pertinente reiterar la regla de decisión del Auto 130 de 2022 que dicho asunto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 313 de la Ley 1819 de 2026, corresponde conocerlo a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 006 Administrativo de Manizales y el Juzgado 037 Laboral del Circuito de Bogotá, D.C., en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Manizales es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por la ciudadana Francy Helena Buriticá Arias en contra de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6060 al Juzgado 006 Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado 037 Laboral del Circuito de Bogotá, D.C.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.