A- de 2015
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Mauricio Bermudez Garcia Vs Juzgado Catorce Laboral Del Circuito Dde Bogota Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Conocimiento directo de conflicto de competencia para garantizar derechos fundamentales a pesar de existir superior común
- Competencia de Tribunal Administrativo
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
- Reiteración auto A124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la sección 2, subsección D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la competencia de la Corte Constitucional para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela y se precisan las normas generales sobre este tipo de conflictos.
La Corte recuerda que las reglas establecidas en el Decreto 1382 de 2000 son de reparto y no disposiciones jurídicas que le permitan al juez de tutela declararse incompetente, pues desde la perspectiva constitucional, toda persona tiene derecho a reclamar ante cualquier juez, en todo momento y lugar, la protección inmediata de los derechos fundamentales.
Se resuelve el asunto ordenando la remisión del expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que asuma de manera inmediata y sin más dilaciones el conocimiento de la acción de tutela solicitada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 1º de octubre de 2014 de la Sección 2 -Subsección "D" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se declaró incompetente para conocer la acción de tutela promovida por el ciudadano Mauricio Bermúdez García contra el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Sección 2 -Subsección "D" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para que asuma de manera inmediata y sin más dilaciones el conocimiento de la acción de tutela interpuesta por el señor Mauricio Bermúdez García.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.