A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Vargas Sarria Jorge Enrique Y Otros·Demandado Municipio De Ginebra Valle Del Cauca Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Buga (Valle del Cauca) y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
La controversia se dio con ocasión de una acción popular interpuesta por un grupo de particulares en contra de la Alcaldía del municipio de Ginebra y de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, con el fin de que se ordene a la Alcaldía de Ginebra y a la CVC la adopción de las medidas necesarias para evitar una inminente vulneración de los derechos colectivos de los habitantes del sector de Betania, en el municipio precitado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, las acciones populares interpuestas únicamente en contra de entidades públicas son de conocimiento de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, según el inciso primero del artículo 15 de la Ley 472 de 1998.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Buga y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca es la autoridad competente para conocer de la acción popular promovida por Jorge Enrique Vargas Sarria y otros en contra de la Alcaldía de Ginebra (Valle del Cauca) y la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1934 al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Primero. Civil de Buga.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.