Micelio
Auto9 de febrero de 2011

A- de 2011

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Andres Felipe Delgado Correal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Inconstitucionalidad
  • Derecho político de todo ciudadano
Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Eficacia del principio pro actione y cumplimiento de requisitos argumentativos mínimos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de Súplica presentado contra el auto del 25 de noviembre de 2010, proferido por el Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto, mediante el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el peticionario.

A juicio del demandante, en el escrito de subsanación de la demanda, sí se integró la proposición jurídica completa, de acuerdo con lo ordenado en el auto de inadmisión.

Para la Corte, el escrito mencionado no otorgó una respuesta suficiente al motivo de inadmisión y posterior rechazo de la demanda, por lo que se decide CONFIRMAR el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el auto del 25 de noviembre de 2010, que rechazó la demanda promovida por el ciudadano Andrés Felipe Delgado Correal contra el artículo artículo 4º (parcial) de la Ley 153 de 1887.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte, comuníquese el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.