Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Serrano Sanchez Cesar·Demandado Fundacion Oftalmologica De Santander Y Otros

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral-Controversias En Las Que Se Pretenda El Reembolso De Los Gastos En Los Que Incurrió Un Particular Para Garantizar La Prestación De Un Servicio De Salud
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias en las que se pretenda el reembolso de los gastos en los que incurrió un particular para garantizar la prestación de un servicio de salud
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Tunja.

La controversia que se suscita entre los Despachos se da por demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano en contra de la Fiduprevisora S.A.; la Fundación Oftalmológica de Santander-FOSCAL; la Clínica de Urgencias de Bucaramanga S.A.S., las dos últimas integrantes de la Unión Temporal Red Integral Foscal CUB; la Fundación Cardiovascular de Colombia Zona Franca S.A.S., cuyas pretensiones se basan en que se declare la responsabilidad solidaria de las demandadas, por el incumplimiento en el reconocimiento y pago de la factura emitida por la IPS Fundación Cardiovascular de Colombia Zona Franca S.A.S. y al pago de lo adeudado por dicho concepto.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere lo dispuesto en Autos 867, 1655 de 2022, 1293 de 2023 y concluye que, de acuerdo con la cláusula general o residual de competencia prevista en el artículo 15 de la Ley 1564 de 2012, le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria el conocimiento de las controversias en las que se pretenda el reembolso de gastos médicos en los que incurrió una persona -afiliado al FOMAG- para garantizar la prestación de un servicio de salud de urgencia.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Tunja.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Tunja, y DECLARAR que el Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la controversia presentada por el señor César Serrano Sánchez contra la Fiduprevisora S.A., la Fundación Oftalmológica de Santander-FOSCAL, la Clínica de Urgencias de Bucaramanga S.A.S, y la Fundación Cardiovascular de Colombia Zona Franca S.A.S.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3957 al Juzgado 35 Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Tunja.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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