A- de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hector Rodriguez Pizarro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Resuelto no es posible nueva presentación
- Rechazo de plano por ausencia de competencia funcional
- Rechazo por invocación de hechos ya alegados cuando se planteó incidente de nulidad
- Carencia de competencia funcional para pronunciarse una vez producida decisión de no selección
- Presentación de múltiples solicitudes, incidentes y recursos por ciudadano, de ser abogado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se rechazó de plano la solicitud contenida en los memoriales recibidos en la Corte, mediante los cuales se interpuso recurso de súplica contra los Autos de 7 y 14 de marzo de 2000.
La Corte explicó que una vez resuelto el incidente de nulidad no es posible plantearlo de nuevo, pues se entiende por el legislador que el juez agota la competencia funcional para el efecto.
En consecuencia, se ordenó compulsar copia al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, Seccional Cundinamarca, para que adopte la decisión que corresponda conforme a la ley, dadas las múltiples solicitudes, incidentes y recursos que el ciudadano de la referencia ha interpuesto a la Corporación, pese a la manifiesta improcedencia de la cual ha sido advertido en varias ocasiones por la Corte y en caso de ser abogado, podría constituir alguna de las faltas que en relación con la administración de justicia pueden incurrir los profesionales del Derecho.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. RECHAZAR DE PLANO la solicitud contenida en los memoriales recibidos en la Corte el 13 y 22 de marzo del ano en curso, mediante los cuales se interpuso recurso de suplica contra los autos de 7 y 14 de marzo de 2000, a que se ha hecho referencia en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaria, compulsense copias de todo lo actuado a peticion del ciudadano mencionado en los expedientes T-244524 y T-267061, para que el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, Seccional Cundinamarca, adopte la decision que corresponda conforme a la ley, con respecto al ciudadano Hector R. Rodriguez Pizarro, identificado con cedula de ciudadania No. 17.190.544 de Bogota, previa verificacion de su calidad de abogado.
- Tercero. Para los fines pertinentes remitanse a la Secretaria los memoriales a que se refiere este auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.