Micelio
Auto4 de julio de 1996

A- de 1996

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Hernandez Ditta Gregoria·Demandado Fer

Tema · dato duro
Derecho A La Impugnacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo de la providencia proferida en relación con la acción de tutela instaurada por la accionante, toda vez que se omitió la impugnación formulada dentro del término legal.

En consideración, la Corte resolvió devolver el expediente al Juzgado competente para los efectos pertinentes en dicha instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de efectuar la revisión de fondo de la providencia proferida en relación con la acción de tutela instaurada por Gregoria Hernández Ditta, toda vez que se ha pretermitido una instancia, al haberse omitido por parte del Juzgado
  2. Quinto. Civil Municipal de Santa Marta, tramitar la impugnación formulada dentro del término legal por el accionado, contra la sentencia de primera instancia.
  3. Segundo. En consecuencia, el Juzgado
  4. Quinto. Civil Municipal de Santa Marta, deberá darle el trámite dispuesto por el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991 a la impugnación formulada por el representante del Fondo Educativo Regional del Magdalena contra la sentencia del quince (15) de mayo de 1996.
  5. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, envíese el expediente al Juzgado
  6. Quinto. Civil Municipal de Santa Marta, para los efectos pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.