A- de 1996
Ponente Julio Cesar Ortiz Gutiérrez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó poner en conocimiento a las partes involucradas sobre la nulidad a que se refiere esta providencia, originada por la falta de notificación a las personas que han debido ser citadas a este proceso de tutela.
En consecuencia, la Corte ordenó para la comisión de este auto al Juez correspondiente para continuar el proceso de acuerdo a lo establecido en la ley.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Ordenase poner en conocimiento del Medico, Dr. EDGARDO MIRANDA, asi como de las directivas de la Carcel "ANAYANCY" del Distrito de Quibdo, la nulidad a que se refiere la parte motiva de esta providencia, originada en la falta de notificacion a las personas que han debido ser citadas a este proceso de tutela. Con tal fin, este auto se les notificara a las personas mencionadas, en forma eficaz, de conformidad con el articulo 16 del Decreto No. 2591 de 1991 y con lo dicho en esta providencia. Y se les advertira, expresamente, que si dentro de los tres (3) dias siguientes a aquel en se haga la notificacion, no alegan la nulidad, esta quedara saneada y el proceso continuara su curso; y que en caso contrario, si la alegan oportunamente, sera declarada.
- Segundo. La nulidad que se ordena poner en conocimiento, comprende todo lo actuado en este proceso de tutela, con posterioridad a la diligencia de ratificacion de fecha 3 de mayo de 1996.
- Tercero. Para la comision de este auto se comisiona al senor Juez
- Tercero. Penal del Circuito de Quibdo, a quien se enviara el despacho correspondiente, el cual debera incluir copia integra de este auto.
- Cuarto. En caso de que se presente el saneamiento de la nulidad antes senalada, se volveran a contar nuevamente los terminos para la revision de la accion de tutela de la referencia. Lo anterior, a partir de la entrada a esta Sala del expediente del presente proceso de tutela.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.