Micelio
Auto26 de mayo de 1998

A- de 1998

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Valiente Gaviria Alberto Y Otros·Demandado Superintendencia De Sociedades Y Otros

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se remite el expediente al Tribunal de primera instancia para que ponga en conocimiento al tercero con interés legítimo sobre la existencia de la nulidad debido a la omisión de la notificación al inicio de la acción.

Si no es saneada la nulidad, se declarará por el Tribunal de primera instancia la nulidad, se retrotraerá el procedimiento, se harán todas las notificaciones y se continuará con la tramitación de la primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. REMITASE el expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santa fe de Bogota, para que se ponga en conocimiento del IFI la existencia de la nulidad derivada de no habersele citado informandosele la iniciacion de la accion, a fin de que diga si allana o no la nulidad. Si en el termino de los tres (3) dias siguientes a la fecha en que se le notifique este auto de la Corte Constitucional por parte del Tribunal de primera instancia, no invoca la nulidad, se entiende que queda saneada y el expediente regresara a la Corte Constitucional para continuar con la tramitacion.
  2. Si no es saneada la nulidad, se declarara por el Tribunal de primera instancia la nulidad y se retrotraera el procedimiento a partir del auto de 12 de agosto de 1997 y se haran todas las notificaciones y se continuara con la tramitacion de la primera instancia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.