Micelio
Auto19 de enero de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Primero de Familia del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana en contra de la Secretaría de Educación del Departamento de Caldas, pretendiendo la declaratoria de nulidad del oficio y de las resoluciones que suspendieron el reconocimiento y pago del 50% de las cesantías definitivas causadas por su compañero permanente, hasta tanto la justicia ordinaria decidiera sobre la alegada calidad y condición de compañera permanente del causante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que, según el inciso 1º del artículo 104 del CPACA, la competencia para conocer de las controversias y litigios originados en actos administrativos sujetos al derecho público, donde uno de los extremos en conflicto sea una entidad pública y por medio del cual se suspende el pago de la cesantía definitiva a los beneficiarios de empleados públicos fallecidos, corresponde, al menos prima facie, a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Con base en lo anterior ordenó el envío del expediente al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado
  3. Primero. de Familia del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Alexandra del Socorro Vargas Montoya en contra del Departamento de Caldas.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-722 al Juzgado
  6. Sexto. Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Primero. de Familia del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.