Micelio
Auto1 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Johan Alexander Ortiz Sandoval

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Habeas Corpus
  • Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer de la acción de Hábeas Corpus y de la impugnación de las decisiones que se expidan en el curso de su trámite
Accion Publica De Habeas Corpus
  • Rechazar por falta de competencia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se RECHAZA, por falta de competencia, la impugnación presentada ante la Corte Constitucional por el señor Johan Alexander Ortiz Sandoval contra la providencia de Hábeas Corpus proferida por el Juzgado Segundo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali.

Se ordena remitir el escrito de apelación al precitado despacho judicial, para que se pronuncie sobre la procedencia del recurso y, si es del caso, ordene el trámite previsto en el artículo 7º de la Ley 1095 de 2006.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR por falta de competencia la impugnacion presentada ante la Corte Constitucional, por el senor Johan Alexander Ortiz Sandoval contra la providencia de Habeas Corpus proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Ejecucion de Sentencias de Cali.
  3. SEGUNDO. REMITIR el escrito de impugnacion de Habeas Corpus presentado por el senor Johan Alexander Ortiz Sandoval al Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Ejecucion de Sentencias de Cali, para que se pronuncie sobre la procedencia del recurso interpuesto y, si es del caso, ordene el tramite previsto en el articulo 7o de la Ley 1095 de 2006.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.