Micelio
Auto7 de septiembre de 1994

A- de 1994

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Gallego John Jairo

Tema · dato duro
No Sustentacion De La Impugnacion. Informalidad De La Tutela.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó remitir el expediente de tutela de la referencia al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bello, para que éste lo remita al superior jerárquico correspondiente.

Lo anterior, debido a que no se surtió la segunda instancia solicitada por el actor, por no existir sustentación del recurso.

Sin embargo, la Corte Constitucional, desde su inicio, sentó posición en relación con el tema de la sustentación del recurso, en contra de los fallos de primera instancia, en las acciones de tutela, en el sentido de que no es indispensable tal requisito, para que proceda la impugnación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Por la Secretaría General de la Corte, REMITASE el expediente de tutela número T-41.246 al Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Bello, para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del decreto 2591 de 1991, éste lo remita al superior jerárquico correspondiente.
  3. Segundo. Surtida la segunda instancia, DEVUELVASE el presente expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, tal como lo ordenan los artículos 86 de la Constitución y 32, inciso segundo, del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.