Micelio
Auto4 de febrero de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima tercera de la sentencia T-760/08
Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Requerimiento de información al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Superintendencia Nacional de Salud sobre trámite de servicios de salud no incluidos en
Superintendencia Nacional De Salud
  • Diligenciar tablas referentes a reclamos, investigaciones administrativas y sanciones relacionadas con la negación de una tecnología en salud por parte de EPS
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En el marco de seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, se ordena requerir al Ministerio de Salud y Protección Social para que responda de forma precisa los interrogantes planteados en el presente auto.

Igualmente, se ordena a la Superintendencia Nacional de Salud presentar debidamente diligenciadas las tablas indicadas en los numerales 8.1 a 8.3 de la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Requerir al Ministerio de Salud y Proteccion Social para que, dentro del termino maximo de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la comunicacion de este auto, responda de forma precisa a los interrogantes planteados en los numerales 4.1. a 4.5. de la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. Ordenar a la Superintendencia Nacional de Salud para que, dentro del termino maximo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la notificacion de este auto, presente debidamente diligenciadas las tablas a que refieren los numerales 8.1 a 8.3.
  3. Tercero. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a comunicar esta decision, adjuntando copia de la misma.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.