A- de 1992
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jose Galat Noumer Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia
- Admisión
- Inadmisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Concedieron tres días a los actores que interponen la demanda para que realicen las correcciones establecidas conforme a lo dispuesto en el Art. 2º del Decreto 2067 de 1991, el cual establece los requisitos que deben llenar las acciones públicas de inconstitucionalidad, adicionalmente, se acumularon los procesos en las cuales se demanda un mismo acto jurídico -la Constitución de 1991.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- R E S U E L V E:
- Primero. REVOCAR el auto de fecha tres de marzo de 1992 proferido por el H. Magistrado Sustanciador Doctor Alejandro Martinez Caballero en relacion con las demands 011 y 012 (acumuladas) interpuestas por los ciudadanos Jose Galat Noumer y Juan Manuel Silva Nigrinis contra la Constitucion Politica, y en su reemplazo conceder tres dias a los demandantes para que procedan a corregir las demandas asi: al ciudadano Juan Manuel Silva Nigrinis para que proceda a corregir la demanda 012 en cuanto a los numerales 1,2,3,4 y 5 del articulo
- segundo. del Decreto 2067 de 1991 y al ciudadano Jose Galat Noumer para que procede a corregir la demanda 011 en cuanto al numeral 5o. del mismo Decreto 2067 de 1991.
- Segundo. Vuelva el negocio al Despacho de origen.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.