Micelio
Auto10 de febrero de 2010

A- de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Miguel Angel Mendez Nuñez Vs Alcaldía De Santiago De Cali Y Otros.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Cali, el cual no se considera competente debido a que dentro de la acción se vincula a una Corporación Autonoma Regional la cual es una entidad del orden nacional por lo tanto se repartió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Calí, el cual considera que la Corporación Autónoma Regional es una entidad de orden departamental y por lo tanto el juez competente es el juez penal con categoría del circuito.

La Sala se pronuncia sobre las normas que determinan la competencia en materia de tutela, la aplicación del Auto 124 de 2009 en el caso de tutelas contra las CAR, se concluye que quien debió conocer del caso el Tribunal Superior de Calí.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 16 de diciembre de 2009, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali dentro de la presente acción de tutela.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, para que sin más demoras, continúe el trámite de la primera instancia y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
  3. TERCERO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Cali la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto.
  4. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.