Micelio
Auto5 de febrero de 2013

A- de 2013

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Julia Marina Mayorga Gomez·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para asegurar el cumplimiento del fallo en asuntos de gran trascendencia social
Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Accion De Tutela Contra Comite Regional De Prevencion Y Atencion De Desastres
  • No asumir solicitud de apertura de incidente de desacato de sentencia T-683/12
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de desacato.

La peticionaria argumentó que la sentencia T-683/12no ha sido cumplida por los accionados y en tal sentido presentó incidente de desacato para establecer sanción.

La Sala no advierte la necesidad de que la Corte adopte directamente el trámite del incidente propuesto y en consecuencia, decide NO ASUMIR la petición y remitir ésta al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Bogotá, para que determine lo que estime pertinente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NO ASUMIR la petición de la señora Julia Marina Mayorga Gómez.
  2. Segundo. REMITIR al Juzgado
  3. Tercero. Civil del Circuito de Bogotá la solicitud de abrir el incidente de desacato frente a la sentencia T-683 de 2012, para que determine lo que estime pertinente.
  4. Tercero. INFORMAR a la solicitante esta decisión, por intermedio de la Secretaría General de esta corporación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.