A- de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Maria De Jesus Cuenca Sornoza·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional del artículo 309 del CPC en la actualidad artículo 285 del Código General del Proceso
- Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
- Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Reiteración de improcedencia
- Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
- Sustitución del artículo 331 del CPC sustituido por el 302 en el actual Código General del Proceso
- Contenido y alcance
- Rechazar solicitud de aclaración de sentencia T-890/11 por extemporánea
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Aclaración de la sentencia T-890/11.
Luego de revisar la solicitud impetrada por la accionante y de reiterar la regla general de que los fallos de tutela no son susceptibles de aclaración, la Sala de Revisión decide RECHAZARLA por extemporánea.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional
- RESUELVE
- RECHAZAR por extemporanea la solicitud de aclaracion de la sentencia T-890 de 2011, formulada por la senora de Maria de Jesus Cuenca Sornoza.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.