Micelio
Auto3 de febrero de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Maria De Jesus Cuenca Sornoza·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional del artículo 309 del CPC en la actualidad artículo 285 del Código General del Proceso
Aclaracion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
  • Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
  • Reiteración de improcedencia
  • Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
Ejecutoria De Las Providencias
  • Sustitución del artículo 331 del CPC sustituido por el 302 en el actual Código General del Proceso
Accion De Tutela Contra Chevron Petroleum Company En Materia Pensional
  • Rechazar solicitud de aclaración de sentencia T-890/11 por extemporánea
5 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de Aclaración de la sentencia T-890/11.

Luego de revisar la solicitud impetrada por la accionante y de reiterar la regla general de que los fallos de tutela no son susceptibles de aclaración, la Sala de Revisión decide RECHAZARLA por extemporánea.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional
  2. RESUELVE
  3. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de aclaracion de la sentencia T-890 de 2011, formulada por la senora de Maria de Jesus Cuenca Sornoza.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.