Micelio
Auto1 de febrero de 2012

A- de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Hector Fabio Montoya Contra La Nacion Y Otros·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra El Inpec
  • Competencia de Tribunal Superior
Competencia A Prevención En Tutela
  • Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivó la solicitud o donde se produjeron sus efectos
Juez De Tutela
  • Se determina según quién aparezca como demandado y no a partir del análisis de fondo de los hechos
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

El proceso correspondió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, quien decidió no avocar el conocimiento y enviarlo a la oficina judicial de Bucaramanga, al considerar que el INPEC es una entidad del orden nacional descentralizado y que la competencia recae en los juzgados con categoría de circuito y no en esa Corporación.

En nuevo reparto la tutela le correspondió al Juzgado Cuarto de Familia de Bucaramanga, quien no aceptó las consideraciones propuestas por el superior y propuso el conflicto negativo de competencias.

La Corte se pronuncia sobre su competencia para dirimir conflictos y sobre las normas que determinar la competencia en materia de tutela.

Se resuelve el conflicto enviando el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, para que sin más demoras tramite y decida en forma inmediata, la acción de tutela interpuesta por el peticionario del amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de veintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011), proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales dentro de la acción de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para que, sin más demoras, le dé trámite y decida en forma inmediata, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
  3. TERCERO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado
  4. Cuarto. (4º) Penal del Circuito de Bucaramanga la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto.
  5. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.