A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Richard Martínez Olivera·Demandado Vicepresidencia De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sección Primera del Consejo de Estado y el Juzgado Diecinueve Civil Municipal de Bogotá D.C.
En este caso, el primer despacho consideró que la entidad accionada era una autoridad distrital, municipal o departamental y que, por ello, la competencia debía ser de los jueces municipales, en virtud del artículo 1º del Decreto 333 de 2021.
Por su parte, la segunda autoridad judicial sostuvo que esas normas del precitado no autorizaban a la Sección Primera del Consejo de Estado para rechazar el conocimiento de la acción de tutela.
La Corte dirimió el asunto con la remisión del expediente a la Sección Primera del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se advirtió a dicha Corporación que ,en el futuro, no genere conflictos de competencia aparentes en procesos de tutela al utilizar las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 como reglas de competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 25 de octubre de 2022 de la Sección Primera del Consejo de Estado y remitir el expediente ICC-4315 a dicha corporación para que continúe con el trámite de la acción de tutela presentada por el señor Richard Martínez Olivera contra la Vicepresidencia de la República, la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Inspección Local de Policía de Teusaquillo, la Alcaldía local de Teusaquillo, la Secretaría de Gobierno Distrital, la Procuraduría General de la Nación, la Personería Local de Teusaquillo y, como
- tercero. interesado, el señor Víctor Martínez Martínez.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4315 a la Sección Primera del Consejo de Estado, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sección Primera del Consejo de Estado que en el futuro no genere conflictos de competencia aparentes en procesos de tutela al utilizar las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 como reglas de competencia.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado Diecinueve Civil Municipal y a la Sección Primera del Consejo de Estado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.